Términos y condiciones
Términos Y Condiciones - Póliza De Seguro De Bienestar Integral Senior
Resumen de compra
Valor de prima: 0 / mes
Coberturas seleccionadas | Valor asegurado |
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Muerte por cualquier causa | 0 |
Incapacidad total y permanente | 0 |
Renta por hospitalización | 0 |
Servicio exequial | No aplica |
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Actores del Seguro
Tomador:
Persona o entidad que por cuenta propia o ajena traslada un riesgo. EL ASEGURADO.
Aseguradora:
Es la empresa que asume la cobertura del riesgo.
CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A.
NIT 900.200.435-3Asegurado:
En este seguro es el cliente de COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A.
NIT 860.032.330-3Beneficiarios:
Beneficiarios:
Persona o entidad autorizada por parte del asegurado para recibir beneficios y pagos correspondientes en caso de reclamación.
Para la cobertura de muerte accidental: Los Beneficiarios serán los designados por el Asegurado y, en su defecto de designación, los de Ley.
Para las demás coberturas: El Beneficiario será el Tomador/Asegurado.
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Interés Asegurable y Características el Seguro:
Muerte Accidental: Se pagará a el (Los) Beneficiario(s) el valor asegurado, si durante la vigencia del seguro el asegurado muere a causa de un accidente.
Cuidado Prolongado: Se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el asegurado sufra un accidente que le causará una incapacidad tal que le impidiera realizar al menos dos de las siguientes actividades de la vida diaria, bañarse, alimentarse, vestirse, asearse, y/o desplazarse.
Rotura de Huesos: Se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el asegurado a consecuencia de una caída o golpe, sufre la rotura de un hueso.
Incapacidad Total y Permanente Accidental: Se pagará al beneficiario el valor asegurado, si durante la vigencia del seguro le es estructurada una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% a causa de un accidente.
Incapacidad Total y Temporal Accidental: Se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el beneficiario tenga una incapacidad temporal por un periodo igual o superior a quince (15) días calendario continuos a causa de un accidente.
Renta diaria por hospitalización accidental: Se pagará al beneficiario una renta diaria por hospitalización de acuerdo al valor asegurado descrito en el certificado individual desde el día 02 y hasta por 30 días, si el asegurado es internado en una clínica u hospital por más de cuarenta y ocho (48) horas, como consecuencia de un accidente. la renta diaria se pagará proporcionalmente al número de días que dure la hospitalización.
Hurto/Fraude: Se pagará al beneficiario hasta el límite máximo del valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima de un hurto mediante actos violentos, fuerza o intimidación, o de eventos fraudulentos.
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Coberturas:
Muerte Accidental: Se pagará a el(los) beneficiario(s), cuando el(la) asegurado(a) fallezca como consecuencia de un accidente ocurrido en vigencia del contrato de seguro.
Cuidado Prolongado: Se pagará a el(los) beneficiario(s), cuando el(la) asegurado(a) sufra un accidente que le cause una incapacidad tal que le impida realizar al menos dos (2) de las siguientes actividades de la vida diaria: bañarse, vestirse, asearse, alimentarse o desplazarse.
Rotura de hueso: Se pagará a el(los) beneficiario(s), cuando como consecuencia de una caída, accidente o golpe, el(la) asegurado(a) sufra la rotura o fractura de alguno de los siguientes huesos cadera (acetábulo), fémur, tibia, rotula, peroné o vértebras en general.
Incapacidad total y permanente accidental: Se pagará a el(los) beneficiario(s), cuando a el(la) asegurado(a) le sea dictaminada y/o determinada una incapacidad total y permanente superior o igual al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, como consecuencia de un accidente, siempre y cuando dicha incapacidad se haya estructurado en vigencia de la póliza de seguro.
Incapacidad total temporal accidental: Se pagará al beneficiario el valor asegurado cuando el asegurado tenga una incapacidad temporal por un periodo igual o superior a quince 15 días calendario continuos e ininterrumpidos como consecuencia de un accidente.
Renta por hospitalización accidental: Se pagará al beneficiario una renta diaria por hospitalización de acuerdo con el valor asegurado descrito en el certificado individual desde el día 02 y hasta por 30 días, si el asegurado es internado en una clínica u hospital por más de cuarenta y ocho 48 horas, como consecuencia de un accidente la renta diaria se pagará proporcionalmente al número de días que dure la hospitalización.
Hurto en cajero electrónico: se pagará al beneficiario el valor del retiro o avance con su tarjeta de crédito amparada por el seguro, hasta la concurrencia del valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima de un hurto mediante actos violentos, fuerza o intimidación dentro de las dos 2 horas siguientes al retiro del dinero.
Avance con tarjeta de crédito: se pagará al beneficiario el valor del retiro o avance con su tarjeta de crédito amparada por el seguro, hasta la concurrencia del valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima de un hurto mediante actos violentos, fuerza o intimidación dentro de las dos 2 horas siguientes al retiro del dinero.
Reposición de documentos: se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima de un hurto de su cédula de ciudadanía o extranjería, pasaporte, licencia de conducción licencia de tránsito y libreta militar mediante actos violentos, fuerza o intimidación.
Reposición de bolso o billetera y su contenido:Se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima del hurto de su bolso o billetera mediante actos violentos, fuerza o intimidación.
Reposición de llaves: se pagará al beneficiario el valor asegurado, cuando el asegurado sea víctima de un hurto mediante actos violentos, fuerza o intimidación a través del cual pierda las llaves de la puerta principal de su residencia, puerta de seguridad de su residencia, vehículo o moto.
Compras fraudulentas por internet con tarjeta de crédito: Se pagará al beneficiario hasta el límite máximo del valor asegurado en caso de que el asegurado sea víctima de compras fraudulentas que hayan sido realizadas por internet con cargo a su tarjeta de crédito amparada por el seguro.
Utilización forzada de tarjeta de crédito: Se pagará al beneficiario hasta el límite máximo del valor asegurado, en caso de que un tercero obligue al asegurado mediante actos violentos, de fuerza o intimidación a utilizar su tarjeta de crédito amparada por el seguro.
Uso indebido de tarjeta de crédito: Se pagará al beneficiario hasta el límite máximo del valor asegurado en caso de que un tercero no autorizado por el asegurado realice transacciones físicas con la tarjeta de crédito amparada por el seguro, como consecuencia de hurto, pérdida o extravío de esta.
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¿Qué no me cubre?
- Fracturas roturas de huesos ocurridas como consecuencia o con ocasión de un intento de suicidio.
- Licencias de maternidad o paternidad.
- Clonación de la tarjeta de crédito.
- Compras o transacciones por internet.
- Pérdidas de dinero sufridas por cualquier persona distinta al asegurado
- Actos delictivos, ilegales o contravencionales de acuerdo con la ley colombiana, en los que participe directa o indirectamente el asegurado, algún amigo, familiar o empleado suyo.
- Actos terroristas, conmociones civiles, asonadas, disturbios y/o motines tampoco estarán cubiertos los efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.
- Radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de combustible nuclear o de cualquier residuo nuclear producido por combustión de combustible nuclear, radioactividad tóxico explosivo o cualquier otra propiedad peligrosa de un explosivo nuclear o de sus componentes.
- Enfermedades, lesiones, accidentes o eventos padecidos, conocidos o diagnosticados con anterioridad al inicio de vigencia del presente contrato de seguro.
Rotura de hueso:
Incapacidad total temporal accidental:
Uso indebido de tarjeta de crédito:
Para todas las coberturas
La presente póliza no brindará cobertura alguna a ningún evento, hecho y/o sucesos derivados directa y/o indirectamente de:
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Periodo de Carencia
PARA MUERTE ACCIDENTAL: No aplica.
PARA CUIDADO PROLONGADO: No aplica.
PARA ROTURA DE HUESO: No aplica.
PARA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE ACCIDENTAL: No aplica.
PARA INCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL ACCIDENTAL: No aplica.
PARA RENTA POR HOSPITALIZACIÓN ACCIDENTAL: No aplica.
PARA HURTO EN CAJERO ELECTRÓNICO: No aplica.
PARA AVANCE CON TARJETA DE CRÉDITO: No aplica.
PARA REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS: No aplica.
PARA REPOSICIÓN DE BOLSO O BILLETERA Y SU CONTENIDO: No aplica.
PARA REPOSICIÓN DE LLAVES: No aplica.
PARA COMPRAS FRAUDULENTAS POR INTERNET CON TARJETA DE CRÉDITO: No aplica.
PARA UTILIZACIÓN FORZADA DE TARJETA DE CRÉDITO: No aplica.
PARA USO INDEBIDO DE TARJETA DE CRÉDITO: No aplica.
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Edad de Ingreso y Permanencia
Para todas las coberturas
- Edad mínima de ingreso: 61 años.
- Edad máxima de ingreso: 80 años + 364 días.
- Edad máxima de permanencia: 85 + 364 días.
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Ecosistemas de Servicio:
De forma adicional a los amparos otorgados mediante la presente póliza, CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. pone a su disposición una plataforma de servicios que le ayudarán a disfrutar de manera más amplia los beneficios de su seguro. los servicios podrán ser prestados directamente o por terceros. El alcance, condiciones y disponibilidad de estos estará determinado por la aseguradora para el propósito mencionado. en la medida en que por su naturaleza son flexibles, personalizados, de uso permanente y no requieren el pago de valores adicionales a la prima del seguro, los servicios ofrecidos inicialmente podrán cambiar durante la vigencia de la seguro y sus condiciones podrán consultarse en www.seguroyfacil.com o comunicándose con nuestras líneas de atención en Bogotá al (601) 7455420 o resto del país 018000-944888 (siempre marcando la opción 5)”.
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Vigencia del Seguro:
De acuerdo con el plan contratado la prima del seguro será de vigencia anual.
Para tarjetas de crédito en las que el cliente autorice la contratación del seguro al momento de la activación del plástico o con posterioridad a este, el seguro iniciará su vigencia cuando manifieste el consentimiento para suscribir el mismo.
La renovación de la póliza es automática y la vigencia de cada renovación será igual a la inicialmente contratada, la cual está indicada expresamente en la carátula de la póliza, sin perjuicio que en cualquier momento y/o antes de su vencimiento, el Asegurado a su voluntad manifieste su intención de no renovarla y/o ejercer la facultad de la revocación que tiene el cliente en cada momento. En todo caso, si se presenta una modificación en las condiciones de la póliza, Cardif lo notificará al Asegurado de manera previa, oportuna y completa, con el objetivo que éste pueda evaluar la información suministrada y escoger libremente si desea continuar con la misma o hacer uso de la facultad de la revocación que tiene el cliente en cada momento y de la libertad de elección de sus contrapartes.
La prima corresponderá al valor del plan contratado, el recaudo de la misma se efectuará con frecuencia mensual y de manera automática al producto financiero emitido por COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. El cliente lo verá reflejado en el extracto del producto financiero emitido por COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A.
El Asegurado tendrá un periodo de sesenta (60) días corrientes contados a partir del momento del inicio de vigencia del seguro, para efectuar el pago de la prima.
La vigencia del seguro terminará por cualquiera de las causales de terminación de seguro.
LA MORA EN EL PAGO DE LA PRIMA DE LA PÓLIZA O ANEXOS QUE SE EXPIDAN CON FUNDAMENTO EN ELLA, PRODUCIRÁ LA TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO Y DARÁ DERECHO AL ASEGURADOR PARA EXIGIR EL PAGO DE LA PRIMA DEVENGADA Y DE LOS GASTOS CAUSADOS CON OCASIÓN DE LA EXPEDICIÓN DEL CONTRATO.
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Forma de Pago del Seguro:
La prima corresponderá al valor del plan contratado, el recaudo de la misma se efectuará con frecuencia mensual y de manera automática al producto financiero emitido por COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. El cliente lo verá reflejado en el extracto del producto financiero emitido por COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A.
El asegurado tendrá un período de sesenta (60) días corrientes contados a partir del momento del inicio de vigencia del seguro, para efectuar el pago de la prima.
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Renovación del seguro:
La renovación de la póliza es automática y la vigencia de cada renovación será igual a la inicialmente contratada, la cual está indicada expresamente en la carátula de la póliza, sin perjuicio que en cualquier momento y/o antes de su vencimiento, el Asegurado a su voluntad manifieste su intención de no renovarla y/o ejercer la facultad de la revocación que tiene el cliente en cada momento. En todo caso, si se presenta una modificación en las condiciones de la póliza, Cardif lo notificará al Asegurado de manera previa, oportuna y completa, con el objetivo que éste pueda evaluar la información suministrada y escoger libremente si desea continuar con la misma o hacer uso de la facultad de la revocación que tiene el cliente en cada momento y de la libertad de elección de sus contrapartes.
La cancelación del seguro voluntario se puede realizar mediante nuestras líneas de atención al cliente:
(601) 7455420Bogotá
(602) 4850815Cali
(604) 6040038Medellín
(605) 3851837Barranquilla
(607) 6971135Bucaramanga
01800094488Línea nacional
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Terminación del Seguro:
El seguro podrá terminar por cualquiera de las siguientes causas:
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Cancelación del producto financiero seleccionado para cargar el pago de la prima del seguro.
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Muerte del Asegurado.
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Revocación unilateral, mediante noticia escrita o verbal de parte del Asegurado, para ello será necesario que dirija a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A.su solicitud de revocación a través de los canales de atención expuestos en la sección “Atención al Consumidor Financiero”.
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Revocación unilateral, mediante noticia escrita por parte de la aseguradora a su última dirección física o electrónica conocida, con no menos de diez (10) días de antelación contados a partir de la fecha del envío.
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Cuando el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia en el seguro.
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Mora en el pago de la prima.
Importante:La cancelación se hará efectiva a partir de la fecha de finalización de la última vigencia causada y recaudada después de realizada la solicitud de revocación.
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Declaraciones:
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Declaré que soy mayor de 61 años y menor de 80 años y 364 días.
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Manifesté expresamente mi deseo de suscribir contrato de seguro con CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A., conocí, cumplí y acepté las condiciones del presente seguro, las cuales me fueron proporcionadas de manera previa, expresa, completa y oportuna.
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Manifesté expresamente que previo a la suscripción del contrato de seguro, me han explicado de manera completa y suficiente el detalle de las condiciones, coberturas y exclusiones que están contenidas en el condicionado, así como el mecanismo y canales disponibles donde puedo consultarlas en cualquier momento en las rutas http://Bseg.co/seguro2766. Así mismo, declaro que previo a la suscripción del mismo, se proporcionó el espacio para hacer las preguntas correspondientes, obtener una respuesta adecuada y presentar mis comentarios respecto a mi condición del estado del riesgo.
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Declaré sinceramente, de manera general y espontánea que los hechos y manifestaciones contenidas en este documento que determinan mi estado del riesgo son exactas, completas, verídicas y por lo tanto, cualquier reticencia, error u omisión en la información suministrada, en especial, aquella tendiente a encubrir hechos o circunstancias que impliquen la agravación objetiva del estado del riesgo, tendrá las consecuencias y efectos estipulados en los artículos 1058, 1158 y 1161 del Código de Comercio. He sido informado que en el caso que incurra en reticencia, error u omisión en la información suministrada para la adquisición del seguro, en particular, aquella cuyos hechos o circunstancias que, conocidos por el asegurador, lo hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, generará la nulidad relativa del seguro.
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Manifesté que mis actividades económicas son legales y lícitas.
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Autorizaciones:
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Autoricé de manera previa, expresa, informada e inequívoca a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A., para hacer tratamiento de mis datos, para fines legales, precontractuales, contractuales y poscontractuales, y, en particular para el desarrollo de procesos de pre venta, venta y post venta del contrato de seguro, tales como siniestro, PQR. Asimismo, autorizo el procesamiento de mis datos, a través de herramientas de tecnología, pudiendo además, transmitir y/o transferir mis datos a nivel nacional y/o internacional, por cualquier medio, con el tomador de la póliza, terceros tales como, proveedores tecnológicos, operadores logísticos, reaseguradores, sus filiales, subsidiarias, asociadas, vinculadas, su matriz, controlante, o accionistas. Sé que es facultativo dar respuesta a las preguntas sobre datos sensibles y de menores de edad, y que tengo los derechos señalados en la Ley 1581 de 2012 y demás normas aplicables. Declaré que la información de terceros, la suministro teniendo autorización para ello, y/o en virtud de mi relación de parentesco con ellos, o por disposición judicial, legal o contractual. Sé que para mayor información, puedo consultar la página Web www.bnpparibascardif.com.co enlace “Privacidad”.
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Autoricé a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. y a COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A para que a través de WhatsApp o cualquier otro medio de comunicación digital, tales como correo electrónico y mensajes de texto, me suministren información referente a mi seguro y me contacten para cualquier proceso posventa incluidos la atención de siniestros, PQR y otros procesos relacionados con la gestión del presente seguro.
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Autoricé a la Aseguradora o a quien la representé para consultar, procesar, solicitar, reportar y divulgar a la central de información financiera CIFIN o cualquier otra entidad que maneje o administre las bases de datos, mi información personal, comercial y financiera, así como la información referente a mi comportamiento comercial y/o crediticio. Doy idéntica autorización respecto de toda la información contenida en el RAIS (Régimen de Ahorro individual con Solidaridad), y de la que se encuentra administrada por la Asociación Colombiana de Administradoras Fondos de Pensiones (Asofondos) y por las Administradoras de Fondos de Pensiones en las que he estado vinculado.
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Autoricé las condiciones de prima y cobertura del seguro señaladas en la presente carátula de la póliza.
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Autoricé la renovación automática de la vigencia del seguro en los términos y condiciones establecidos en el numeral 3 del acápite Vigencia y Prima del Seguro.
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Autoricé a la compañía a incrementar la suma asegurada y por ende ajustar la prima cada doce (12) meses, hasta el porcentaje (%) equivalente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) establecido por el DANE para todo el territorio nacional para el año inmediatamente anterior, sin perjuicio que en cualquier momento y en particular, una vez Cardif me notifique el porcentaje de incremento y valor final de la prima, si no estoy de acuerdo con el mismo, pueda ejercer mi derecho de revocación unilateral del seguro, de conformidad con el articulo 1071 del Código de comercio.
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Autoricé a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. para cargar a mi tarjeta de crédito el valor correspondiente a la prima de este seguro. En caso de cambio de la tarjeta de crédito por robo, extravío deterioro de la misma o cualquier otra causa, autoricé a la aseguradora para que el valor de la prima sea cargado a mi nueva tarjeta de crédito. Será mi responsabilidad mantener cupo disponible en la tarjeta de crédito designada, hasta el momento en que se verifique efectivamente el pago de la prima.
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Cuando haya devolución de prima no devengada conforme a los términos establecidos en el articulo 1071 del Código de comercio, al momento de la cancelación puedo autorizar la devolución de los recursos no devengados del seguro o, que este valor sea acreditado al producto financiero sobre el cual se realizó el recaudo, en caso de rechazo se abonara a un producto vigente en la entidad financiera de no haber autorización previa y expresa de una u otra opción, por defecto se me devolverán los recursos de prima no devengada.
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Autoricé a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. para que actúe como mi mandatorio, en el caso de incurrir en una mora en el pago de la obligación financiera, este puede solicitar la terminación del seguro suscrito. Adicionalmente, faculto COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. para que le sean entregados los valores de las primas no devengadas a que haya lugar, en caso de presentarse la terminación del respectivo seguro autorizo que estos sean abonados al saldo de la deuda del producto financiero sobre el cual se realizo el recaudo de las primas.
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Autoricé a COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. para que efectué la reclamación ante la compañía de seguros en caso de siniestro reciba el pago por concepto de indemnización y lo aplique con cargo a la obligación financiera cuando el seguro contratado sea para proteger esta obligación.
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Autoricé a CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. para pedir ante cualquier médico o institución hospitalaria la información que sea necesaria incluyendo la historia clínica respectiva.
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Autoricé a COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. para realizar la destrucción del presente documento en caso de que el producto financiero objeto del seguro no sea aprobado por esta entidad.
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Autoricé a que mi información relacionada con SARLAFT y que repose en el formulario y documentos suministrados a COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO TUYA S.A. pueda ser compartida por dicha entidad con CARDIF COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. para los fines relacionados con el presente contrato de seguro.
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Atención al Consumidor Financiero:
Para conocer cómo tramitar cualquier solicitud, ejercer sus derechos para el tratamiento de sus datos personales o interponer queja o reclamo, por favor comuníquese con las líneas de atención al cliente de cada ciudad y/o a nivel nacional desde un teléfono fijo o celular así:
Para radicar o conocer el estado de un siniestro, escríbanos a la línea de atención de WhatsApp: 3185408261.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 1048 del Código de Comercio, usted tiene derecho a solicitar copia de la póliza y sus condiciones. En caso de requerirlo, por favor comunicarse con las líneas locales de atención al cliente en cada ciudad y/o a nivel nacional: 018000-944888.
(601) 7455420 en Bogotá
(602) 4850815 en Cali
(604) 6040038 en Medellin
(605) 3851837 en Barranquilla
(607) 6971135 en Bucaramanga
018000-94488 a nivel nacional
Para radicar o conocer el estado de un siniestro, escribanos a la línea de atención:
WhatsApp
o comuníquese con nuestras líneas de atención al cliente en cada ciudad y o a nivel nacional.
Datos del Defensor del Consumidor Financiero:
Defensor principal:
José Federico Ustáriz GonzálezCarrera 11a # 96 - 51 oficina 203
Edificio Oficity, Bogotá D.C.Defensor suplente:
Ana María GiraldoHorario de atención:
8:00 a.m. a 6:00 p.m.
jornada continua. -
Consentimiento Informado del Cliente:
Manifesté que antes de aceptar la suscripción de este seguro, me fueron explicadas: 1) las características del producto, conozco y entiendo la obligación legal de declarar sinceramente el estado del riesgo, es decir, todos los hechos o circunstancias que lo determinen. Igualmente, que, en caso de faltar a la verdad en dicha declaración, entregar información inexacta, incompleta, u omitir hechos relevantes que hubiesen llevado a la aseguradora a no asegurarme o a hacerlo en condiciones más onerosas, este seguro estará viciado de nulidad relativa en los términos del artículo 1058 del Código de Comercio. 2) las coberturas de la póliza, sus amparos, sus exclusiones y su vigencia. 3) los valores asegurados, el valor de la prima y la forma de pago que estoy autorizando. 4) los procedimientos, canales y medios que puedo utilizar en caso de solicitar una indemnización, requerir cualquier información, o presentar un requerimiento o queja. 5) que, en caso de terminar anticipadamente la vigencia de la póliza, tengo derecho a la devolución de la prima no devengada conforme a los términos establecidos en el artículo 1071 del Código de Comercio, al momento de la cancelación puedo autorizar la devolución de los recursos no devengados del seguro o, que este valor sea acreditado al producto financiero sobre el cual se realizó el recaudo, en caso de rechazo se abonará a un producto vigente en la entidad financiera. De no haber autorización previa y expresa de una u otra opción, por defecto se me devolverán los recursos de prima no devengada. 6) que todas las condiciones del producto y los servicios se encuentran disponibles mediante consulta del código QR, o la URL, o en la página web de Cardif Colombia Seguros Generales S.A. Declaré haber sido debidamente informado, haber leído el presente documento y conocer totalmente los textos de las “Autorizaciones” contenidas en la presente carátula de la póliza.